Formación de Piloto de RPAs (drones) y requisitos médicos necesarios

Hay que demostrar un mínimo de conocimientos teóricos y además recibir formación práctica en la aeronave específica que se va a operar. Para cada aeronave específica, se debe realizar el curso práctico y superar el programa de maniobras propuesto para cada tipo de aeronave.

Nota: los sistemas de aeronave pilotada por control remoto (RPAS) pueden ser drones o cualquier otra aeronave pilotada por control remoto.

Formación del piloto de RPAS (drones incluídos)

Para acreditar requisitos teóricos, se debe disponer de alguno de los siguientes documentos:

  • Licencia de piloto Parte FCL (Licencia de Personal de Vuelo) o carnet de piloto ULM (Ultraligero Motorizado) AESA (o haberla tenido en los últimos cinco años sin que haya sido retirada por sanción).
  • Certificado de teoría para licencia de piloto (emitida por un Estado miembro de OACI).
  • Certificado de teoría para licencia de piloto (emitida por una ATO aprobada por AESA o EASA).
  • Apto en teoría de piloto de ultraligero (realizando el examen oficial de conocimientos teóricos ULM).
  • Certificado de curso básico o avanzado de piloto de RPAS (emitido por una ATO aprobada por AESA al finalizar el correspondiente curso).

Además de los conocimientos teóricos, el piloto deberá tener:

  • Certificado de formación práctica de la aeronave (emitido por el operador, una ATO, el fabricante o una organización aprobada por el fabricante).
  • 18 años de edad cumplidos.

Requisitos médicos del piloto de RPAS (drones incluídos)

Para poder ejercer sus atribuciones, el piloto deberá disponer de un certificado médico según la aeronave que vaya a operar. Dichos certificados médicos pueden obtenerse a través de un Médico Examinador Aeronáutico (AME) o en un Centro Médico Aeronáutico (AMC).

Para cada categoría de peso es necesario, al menos, el certificado médico indicado (el certificado médico de categoría superior es válido para las inferiores):

  • Aeronaves de hasta 25 kg de masa máxima al despegue: certificado médico LAPL (Licencia de Piloto de Aeronave Ligera), con la siguiente validez:
    • 60 meses hasta los 40 años (limitada su validez hasta los 42 años).
    • 24 meses para mayores de 40 años.
  • Aeronaves de más de 25 kg de masa máxima al despegue: certificado médico clase 2, con la siguiente validez:
    • 60 meses hasta los 40 años (limitada su validez hasta los 42 años).
    • 24 meses entre los 40 y 50 años (limitada su validez hasta los 51 años).
    • 12 meses para mayores de 50 años.

Atribuciones del piloto de RPAS (drones incluídos)

Las atribuciones para los pilotos de RPAS dependen de la formación teórica recibida.

  • Para titulares de un certificado de curso básico de piloto de RPAS: volar aeronaves civiles pilotadas por control remoto de masa máxima al despegue no superior a 25 kg dentro del alcance visual del piloto.
  • Para titulares de un certificado de curso avanzado de piloto de RPAS: las mismas atribuciones del curso básico y además poder volar aeronaves de menos de 2 kg de masa máxima al despegue más allá del alcance visual del piloto.
  • Para el resto de pilotos de RPAS: las mismas atribuciones del curso avanzado y además poder volar aeronaves de hasta 150 kg de masa máxima al despegue. En este caso, las aeronaves de más de 25 kg se deberán operar de acuerdo a lo indicado en su certificado de aeronavegabilidad. En él se especificará qué tipo de operación admiten (VLOS, BVLOS, etc.) y otros detalles específicos para esa aeronave en cuestión (vuelo sobre poblaciones, operación desde aeródromos, etc.).