Cláusula de Honorarios
Servicios de consultoría, preparación documental, apoyo técnico-administrativo y gestión empresarial
La presente cláusula regula la naturaleza, el cálculo, el devengo y la justificación de los honorarios de TUATEAM. Está redactada para incorporarse al contrato de prestación de servicios entre TUATEAM y el Cliente, o como anexo económico al mismo.
1. Objeto y naturaleza de los honorarios
1.1. TUATEAM presta al Cliente servicios profesionales de consultoría de gestión empresarial, preparación documental, apoyo técnico-administrativo y gestión vinculada a la participación del Cliente en procedimientos de contratación y, en su caso, a la ejecución de los contratos que el Cliente resulte adjudicatario.
1.2. Los honorarios remuneran exclusivamente servicios reales y efectivamente prestados. No retribuyen, en ningún caso, una adjudicación, un resultado, una influencia, una intermediación ante entidades públicas, un contacto institucional ni garantía de resultado alguno.
1.3. Los honorarios se componen de un componente fijo recurrente y, cuando proceda, de un componente variable vinculado al volumen, la complejidad y la carga de gestión del contrato adjudicado al Cliente, conforme a lo previsto en las cláusulas siguientes.
2. Definiciones
- "Contrato del Cliente": el contrato del que el Cliente resulte adjudicatario o parte, ya sea con una entidad pública o con un tercero privado.
- "Importe Ejecutado/Facturado": el importe del Contrato del Cliente efectivamente ejecutado y facturado por el Cliente, excluido el IVA. No se computa el importe meramente adjudicado y no ejecutado.
- "Servicios de Apoyo": los servicios de consultoría de gestión empresarial, apoyo administrativo y documental que TUATEAM presta al Cliente durante la ejecución del Contrato del Cliente, conforme a la cláusula 6.
3. Honorarios fijos
3.1. El Cliente abona un honorario fijo mensual por la dedicación de un miembro del equipo de TUATEAM, conforme a la modalidad pactada. Los importes de referencia son los siguientes:
| Modalidad de dedicación | Honorario fijo mensual (referencia, IVA no incl.) |
|---|---|
| Jornada completa | 980 €/mes |
| Media jornada (parcial) | 490 €/mes |
| Cuarto de jornada | 320 €/mes |
3.2. El importe concreto, la modalidad y, en su caso, las condiciones promocionales o acuerdos específicos por mayor o menor carga de trabajo se fijan en el cuadro económico del contrato. Los importes anteriores constituyen precios de referencia de mercado.
4. Honorarios variables
4.1. Cuando el Cliente contrate los Servicios de Apoyo (cláusula 6), TUATEAM percibirá un honorario variable comprendido entre el 5 % y el 10 % del Importe Ejecutado/Facturado del Contrato del Cliente, excluido el IVA.
4.2. El porcentaje aplicable se fija en el cuadro económico en función de la tipología del Contrato del Cliente y de la carga de gestión posterior razonablemente esperada, dado que dicha carga difiere de forma sustancial según el objeto del contrato. A título orientativo y sujeto a confirmación por TUATEAM:
| Tipología de contrato (ejemplo) | Carga de gestión posterior | % de referencia sobre Importe Ejecutado/Facturado |
|---|---|---|
| Servicios (p. ej. limpieza, mantenimiento) | Baja – Media | ≈ 5 % |
| Ingeniería / servicios técnicos | Media | 5 % – 8 % |
| Obra / construcción / desarrollo complejo | Alta | hasta 10 % |
Nota sobre los porcentajes. Los porcentajes de la tabla son orientativos y deben confirmarse conforme a la política de precios de TUATEAM. El criterio rector es que el porcentaje refleje la carga real de gestión esperada para esa tipología de contrato, no el resultado de la adjudicación.
4.3. El honorario variable se calcula y se devenga únicamente sobre el Importe Ejecutado/Facturado. En consecuencia, no se devenga honorario variable alguno sobre importes adjudicados pero no ejecutados ni facturados por el Cliente.
5. Naturaleza del honorario variable (declaración esencial)
Los honorarios variables vinculados al volumen económico del Contrato del Cliente remuneran exclusivamente servicios reales de apoyo posterior a la gestión, coordinación, seguimiento administrativo, documentación, facturación y ejecución empresarial del contrato adjudicado al Cliente.
Dichos honorarios no tienen, en ningún caso, naturaleza de comisión de éxito, comisión por adjudicación, corretaje, intermediación, lobby, influencia institucional, acceso privilegiado ni remuneración por la obtención del contrato. No se devengan por el mero hecho de que el Cliente resulte adjudicatario.
5.1. El componente variable es una medida del alcance del trabajo de apoyo prestado, que escala con el volumen efectivamente ejecutado del contrato, y no una retribución del resultado del procedimiento.
5.2. TUATEAM no garantiza adjudicaciones, no actúa como intermediario institucional, no utiliza influencias, no negocia con órganos de contratación y no sustituye la solvencia ni la capacidad de ejecución del Cliente.
6. Servicios de Apoyo: contrato específico y alcance
6.1. Los Servicios de Apoyo se formalizan en un contrato específico, separado e independiente del relativo a la preparación de la oferta, con su propio objeto, alcance, entregables y calendario.
6.2. Los Servicios de Apoyo podrán comprender, entre otros y según necesidad del Cliente:
- apoyo administrativo y documental durante la ejecución del contrato;
- seguimiento de obligaciones, hitos, entregables e incidencias;
- apoyo en la relación ordinaria y formal con el ente contratante;
- conformación, revisión y preparación de facturas y documentación de seguimiento;
- consultoría de gestión empresarial y organización interna del Cliente para el cumplimiento del contrato.
6.3. Los Servicios de Apoyo podrán ser prestados por TUATEAM o por una empresa de su grupo claramente identificada. En tal caso, la prestación y su facturación se realizarán a valor de mercado y de forma documentada. La contratación de los Servicios de Apoyo responde a una necesidad real del Cliente y se realiza libremente; ninguna disposición del presente contrato impone al Cliente la contratación de un proveedor determinado como condición de la prestación principal.
7. Devengo y facturación
7.1. El honorario fijo se devenga mensualmente. El honorario variable se devenga a medida que se prestan los Servicios de Apoyo y conforme el Cliente ejecuta y factura el Contrato del Cliente.
7.2. El calendario de facturación del honorario variable podrá acompasarse al ritmo de ejecución y facturación del Cliente. La facturación de TUATEAM detallará los servicios prestados a los que corresponde cada importe.
8. Trazabilidad y justificación de los servicios
8.1. TUATEAM documentará la realidad de los servicios prestados mediante presupuesto, contrato, órdenes de trabajo, entregables, partes de actividad, informes y factura detallada, conservando evidencias razonables que acrediten su prestación efectiva y su valor de mercado.
9. Responsabilidad del Cliente
9.1. TUATEAM no sustituye ni integra la solvencia, la experiencia, los medios personales o técnicos ni la capacidad real de ejecución del Cliente.
9.2. El Cliente es responsable de la veracidad de la información aportada, de su capacidad para ejecutar el contrato y del cumplimiento de las obligaciones asumidas en su oferta. TUATEAM ordena y presenta la información que el Cliente facilita bajo su responsabilidad, sin fabricar, falsear ni simular capacidad alguna.
10. Subvenciones, ayudas y fondos públicos
10.1. Los honorarios de TUATEAM no serán imputables a subvenciones, ayudas públicas o fondos europeos, dado su carácter potencialmente no subvencionable, salvo justificación reforzada conforme a las bases reguladoras y previa verificación del cumplimiento de las obligaciones de justificación y de los límites de subcontratación aplicables.
11. Competencia y no coordinación de ofertas
11.1. TUATEAM no participará en la preparación simultánea de ofertas de empresas competidoras para una misma licitación cuando ello pudiera generar riesgo de coordinación, intercambio de información sensible, falseamiento de la competencia o apariencia de actuación concertada.
11.2. TUATEAM no compartirá entre Clientes precios, márgenes, estrategias ni documentación sensible, ni utilizará información de un Cliente en beneficio de otro.
12. Subcontratación y ejecución de la prestación pública
12.1. Cuando el apoyo de TUATEAM se limite a tareas internas de gestión empresarial, administrativa, documental o de coordinación, dicho apoyo no supondrá por sí mismo la ejecución de la prestación pública contratada.
12.2. Si en algún caso la intervención de TUATEAM pudiera implicar la ejecución parcial de la prestación objeto de un contrato público, se revisarán previamente los pliegos y la normativa aplicable en materia de subcontratación, respetando las partes que deban ser ejecutadas directamente por el contratista. El Cliente adjudicatario seguirá siendo el único responsable frente a la Administración.
13. Protección de datos
13.1. Cuando TUATEAM trate datos personales por cuenta del Cliente, actuará conforme al RGPD y a la LOPDGDD, mediante el correspondiente acuerdo de encargado del tratamiento, con medidas de confidencialidad, seguridad, minimización de datos y limitación de finalidad, según el anexo de protección de datos del contrato.
Principio rector. La función de TUATEAM es prestar apoyo técnico, documental, estratégico, administrativo y de gestión empresarial para que empresas privadas puedan participar y ejecutar contratos con mayor rigor, organización y cumplimiento normativo — nunca garantizar adjudicaciones, mediar ante entidades públicas, influir en procedimientos ni sustituir la capacidad real del Cliente.
